Qué límites rigen para la compra de campos por extranjeros tras un fallo de la Corte Suprema – Canal i | Noticias de Salta, Argentina y el mundo, las 24 horas del día

Qué límites rigen para la compra de campos por extranjeros tras un fallo de la Corte Suprema

Qué límites rigen para la compra de campos por extranjeros tras un fallo de la Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió temporalmente los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras Rurales. La decisión volvió a poner en vigencia, de manera provisoria y mientras avanza la causa judicial, las restricciones para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.

La medida respondió a una presentación de la Asociación Civil Árbol de Pie y establece que la suspensión se mantendrá hasta que el juzgado federal competente se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y el planteo de fondo.

El expediente fue remitido al Juzgado Federal de Bariloche, que deberá continuar con el análisis del caso.

Cuáles son las restricciones vigentes

Hasta que se resuelva la cuestión judicial, vuelven a aplicarse los límites contemplados en la Ley 26.737, sancionada en 2011. La normativa establece una serie de condiciones para la compra de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras.

Entre las principales restricciones se encuentran:

  • Límite del 15%: las tierras rurales en manos extranjeras no pueden superar ese porcentaje del total a nivel nacional, provincial y municipal.
  • Tope por nacionalidad: ninguna nacionalidad puede concentrar más del 30% del total de tierras rurales habilitadas para titularidad extranjera.
  • Extensión máxima por titular: se establece un límite de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o una superficie equivalente en otras regiones del país.
  • Protección de recursos hídricos: la ley contempla restricciones para la adquisición de tierras que contengan o sean atravesadas por cuerpos de agua de importancia.
  • Zonas de seguridad de frontera: también se establecen limitaciones para la compra de terrenos ubicados en esas áreas.

La norma tiene como objetivo regular la propiedad extranjera de tierras rurales y proteger recursos considerados estratégicos.

Por qué intervino la Corte Suprema

La controversia se originó a partir de la derogación de la Ley de Tierras dispuesta por el DNU 70/2023. En una instancia anterior, la Corte había revocado una sentencia que declaraba inconstitucional el artículo 154 del decreto, por cuestiones procesales vinculadas con la legitimación de la organización que había iniciado aquella causa.

Posteriormente, la Asociación Civil Árbol de Pie presentó un planteo propio y solicitó que se aclarara el alcance de esa resolución. En respuesta, el máximo tribunal dispuso suspender temporalmente los efectos del artículo cuestionado hasta que intervenga el juzgado competente.

La decisión no representa una resolución definitiva sobre la constitucionalidad de la derogación, sino una medida cautelar interina mientras continúa el proceso judicial.

Por su parte, la propuesta impulsada por el oficialismo contemplaba elevar del 15% al 25% el límite de tierras rurales en manos extranjeras y eliminar otras restricciones relacionadas con la nacionalidad y la superficie que puede adquirir cada titular. La iniciativa también planteaba prohibir únicamente la compra de tierras por parte de Estados extranjeros.

Por el momento, y mientras se desarrolla la causa judicial, vuelven a regir las restricciones previstas en la Ley de Tierras Rurales de 2011.