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POLÍTICA | Diputado del Frente de Todos propone nuevo impuesto a la riqueza por 10 años

La propuesta del legislador Pablo Carro plantea el cobro de un tributo con el fin de mitigar los efectos del pago de la deuda al FMI. Contempla el pago de 1,50% a los patrimonios de las personas físicas que declaren más de $320.000.000.

La bancada de diputados del Frente de Todos (FdT) planteó nuevamente la necesidad de aplicar un nuevo impuesto a la riqueza, con el fin de pagar la deuda con el FMI y mitigar el efecto del ajuste. La iniciativa surgió de parte del legislador cordobés Pablo Carro, quien explicó que la idea es implementar el cobro de esta tasa por un lapso de 10 años y no como un pago “extraordinario”.

El diputado del FdT hizo público el anuncio desde su cuenta de Twitter en las últimas horas. Se trata del proyecto de ley denominado “Aporte Solidario Temporario Para Mitigar el Impacto del Endeudamiento con el FMI”. En el día de ayer fue ingresado en Diputados para el tratamiento en comisiones.

El proyecto contempla el cobro de 1,50% a los patrimonios de las personas físicas que declaren más de $320.000.000. En casos de bienes por entre $400 y $600 millones, pagarán 8.250 millones más 1,75% sobre el excedente de $400 millones; entre $600 y $800 millones, abonarán $13.250.000 más el 2,00% sobre el excedente de $600 millones; en casos de entre $800 a $1.500 millones, pagarán $18.750.00 más el 2,25% sobre el excedente de $800 millones.

La iniciativa es acompañada por los diputados del FdT María Rosa Martínez y Hugo Yasky. “Que la solidaridad sea la regla. Los que más tienen deben hacer un esfuerzo para paliar los efectos de una deuda que no tiene precedentes”, expresó Carro.

A través de un hilo de tuits, Carro explicó que se trata de “un aporte que pagarán por 10 años las personas más ricas del país con el objetivo de aminorar la deuda (con el organismo multilateral de crédito)”.

Quienes pagarían el nuevo impuesto son “aquellas argentinas y argentinos que poseen las mayores fortunas, con patrimonios declarados superiores a 320 millones de pesos”.

El objetivo del proyecto para implementar un nuevo tributo es el de “garantizar que el peso del endeudamiento no recaiga -otra vez- sobre las y los trabajadores, sobre las y los jubilados”, justificó el diputado del oficialismo.

Este proyecto surge luego de la aprobación en 2020 de la “Ley de Aporte Solidario y Extraordinario”, la cual tuvo como objetivo el cobro de un tributo a las fortunas superiores a $200 millones para mitigar los efectos de la pandemia y la cuarentena, cuyas restricciones generaron un fuerte impacto en la economía y el empleo.

Con esta ley el Gobierno preveía recaudar alrededor de $400.000 millones, aunque un año después, la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que el fisco recolectó apenas $237.300 millones.

En esa línea, a mediados de 2021 desde el gabinete económico hubo un intento de sumar al Presupuesto 2022 un nuevo tributo a la riqueza, por lo que la idea se mantuvo latente en el transcurso de estos meses.

Qué dice el proyecto

El proyecto de ley de “Aporte Solidario Temporario Para Mitigar el Impacto del Endeudamiento con el Fondo Monetario Internacional” remarca algunas cuestiones:

  • El proyecto contempla el cobro de 1,50% a los patrimonios de las personas físicas que declaren más de $320.000.000. En casos de bienes por entre $400 y $600 millones, pagarán 8.250 millones más 1,75% sobre el excedente de $400 millones; entre $600 y $800 millones, abonarán $13.250.000 más el 2,00% sobre el excedente de $600 millones; en casos de entre $800 a $1.500 millones, pagarán $18.750.00 más el 2,25% sobre el excedente de $800 millones.
  • Están comprendidos en la ley aquellas personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior, comprendidos y valuados de acuerdo a los términos establecidos en el título VI de la ley 23.966, de impuesto sobre los bienes personales, texto ordenado en 1997 y sus modificatorias, independientemente del tratamiento que revistan frente a ese gravamen y sin deducción de mínimo no imponible alguno, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.
  • Además aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en “jurisdicciones no cooperantes” o “jurisdicciones de baja o nula tributación”, en los términos de los artículos 19 y 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, respectivamente, serán consideradas sujetos residentes a los efectos de este aporte.
  • Para los sujetos alcanzados en virtud de lo dispuesto, la base de determinación allí mencionada se calculará incluyendo los aportes a trusts, fideicomisos o fundaciones de interés privado y demás estructuras análogas, participación en sociedades u otros entes de cualquier tipo sin personalidad fiscal y participación directa o indirecta en sociedades u otros entes de cualquier tipo, existentes a la fecha de entrada en vigencia de esta le
  • En el caso de patrimonios que oscilen entre $1.500 y $3.000 millones, pagarán $39.750.000 más el 2,50% sobre el excedente de $1.500 millones. Mientras que desde los $3.000 millones en adelante pagarán $88.500.000 más el 2,75% sobre el excedente de $3 mi millones.
  • Con respecto a los bienes en el exterior, las alícuotas van desde el 2,00% al 4,25% de acuerdo al patrimonio declarado.

Fuente: Ambito

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